Hipólito Yrigoyen 236 - Resistencia, Provincia del Chaco, Argentina.
GIMENEZ, ROMINA ALEJANDRA C/ADMINISTRACION PROVINCIAL DEL AGUA (A.P.A.) S/ACCIÓN DE AMPARO - Expte. N° 813/20 (S.T.J. CH.)
Referencia: No hay agravios suficientes. No existe un derecho subjetivo a la función pública. Es decir, ser admisible en los empleos, no confiere a la denunciante un derecho inmediato al trabajo, sino que, la facultad de nombrar a una persona en un cargo público recae en la Administración.